Encuentra aquí el artículo publicado originalmente en Confilegal el 11/04/2020.

Un poder del Estado nunca podrá ser apolítico y quienes lo sostienen son unos necios y unos ignorantes. Los que tienen que ser neutrales son los jueces al administrar justicia. Ni siquiera a ellos se les puede pedir que sean apolíticos, porque sería pedirles que no sean seres humanos. Lo que ocurre es que sus ideas políticas no deben manifestarse en el sentido de sus resoluciones». Gregorio Peces-Barba sobre el Poder Judicial.

La definición constitucional de nuestro sistema judicial como Poder Judicial en su Título VI es un regalo, que aunque ilustrado, nos llegó envenenado.

Y digo esto porque el uso legal del término “poder” nunca es gratuito en una constitución; siempre obedece a una voluntad política. Y mucho menos lo era en la España de 1978, donde “poder” equivalía, cómo equivale hoy, a mandar.

La denominación de Poder Judicial no es un tributo a la ilustración. No es un uso ilustrado pues al referirse a los otros dos poderes, cuyos miembros son elegidos democráticamente, evita el uso del término “poder”.

Así, al hablar del poder ejecutivo se refiere al mismo como función, mientras que denomina potestad al poder legislativo.

Por lo tanto, olviden las teorías ilustradas al hablar de Poder Judicial.

El Poder Judicial y su ejercicio en nombre del rey que consagra el artículo 117.1 de la Constitución Española, aunque sólo sea simbólicamente, obedece únicamente al hecho de que la estructura judicial, incluyendo todas las profesiones jurídicas, se trasladó íntegramente desde el estado dictatorial al democrático.

Por tanto, nos guste o no, el uso del término poder, legitima al órgano que lo ejerce, no sólo legalmente, sino socio-políticamente para el ejercicio del mando.

Y aunque el poder judicial corresponda a jueces, juezas, magistrados y magistradas; no nos engañemos, mandar, lo que se dice mandar, manda el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Cuarenta años más, después de nuestra Constitución, han demostrado que el CGPJ, apoyado a veces sí, a veces no, por el Ministerio de Justicia y los dos partidos mayoritarios, PP y PSOE, se encuentra altamente politizado, en el sentido expresado por Peces-Barba.

La falta de neutralidad, cualidad que solo existe en ciertos cuerpos jabonosos, no tiene que provocar que nadie se rasgue las vestiduras, pues la misma está consagrada legalmente en su sistema de nombramiento.

EL CGPJ, UN SANEDRÍN

Pero lo que sí debería preocuparnos, y mucho, es como un órgano meramente administrativo se ha convertido en una especie de sanedrín representando todo el sistema judicial.

En primer lugar, porque el sistema judicial es mucho más que la judicatura. Por tanto la judicatura no puede seguir monopolizando el CGPJ.

El Poder Judicial, es decir, el sistema judicial, incluye también la profesión jurídica más numerosa, la abogacía, así como a procuradores y procuradoras.

No, señores jueces y magistrados que hoy componen el CGPJ, y digo señores porque los hombres siguen siendo mayoría. Y digo también jueces y magistrados porque a pesar de lo que obliga la Ley, las y los juristas (independientes) brillan por su ausencia.

Ustedes no tienen el monopolio de nuestro sistema judicial, ni son los únicos juristas, aunque tengan el Poder Judicial bajo mallete.

Si queremos cambiar las cosas el CGPJ debería dar cabida y otorgar representación inmediatamente al actor más numeroso del sistema judicial: la abogacía independiente.

Y no hablo de socios de grandes despachos, magistrados en excedencia o profesores universitarios, que siendo abogados, no representan a la mayoría de sus profesionales.

Porque no olvidemos que, además de contar con más de 150.000 miembros, cuando la ciudadanía, donde residen todos los poderes, solicita Justicia, acude a esa abogacía independiente, para su defensa.

Se podría argumentar que nuestras constitucionalistas tuvieron razones para no darle a la abogacía un asiento en el CGPJ, y que prefirieron hablar de juristas en lugar de instituciones en su composición.

Pero es que el CGPJ incumple hasta eso, o si no que nos expliquen porque sólo hay cinco abogados, y además todos vinculados o a la carrera judicial o la universidad o a la política, entre los ocho puestos de juristas a que obliga la Ley.

Lo pongan cómo lo pongan, el resultado es que la abogacía, profesión jurídica mayoritaria, se ha convertido en la hija no querida del Poder Judicial.

A pesar que lo único que nos diferencia a la abogacía de la judicatura es el lugar que ocupamos en sala, el mallete, más o menos puñetas en la toga, y la función que realizamos; su corporativismo, ayudado por los políticos de turno, ha determinado que sea la judicatura la que acabe controlando el CGPJ.

Tendríamos que asumir que abogacía y judicatura está compuesta de profesionales independientes, con idéntica formación jurídica, salvo en lo relativo a la función de juzgar y que se ven obligados a trabajar juntos en sala.

En España, como en Francia, a diferencia de Inglaterra, se accede a la judicatura por oposición.

Y en este sentido, quisiera destacar, que en Inglaterra, cualquier «barrister» con 10 años de experiencia puede ser seleccionado para ejercer como juez en los tribunales superiores, al igual que pueden hacerlo no juristas, en el resto de jurisdicciones.

Personalmente creo que, en España, es el sacrosanto sistema funcionarial lo que ha creado una polarización entre ambas profesiones, que deberían trabajar de forma mucho más cooperativa.

Y por supuesto dicha cooperación, que debería ser evidente y simbiótica en sala, sería de obligado cumplimiento en el CGPJ.

Un CGPJ, que se define como el órgano constitucional, colegiado, autónomo, integrado por jueces y otros juristas, que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial con la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos”, no puede más, que otorgar a la abogacía independiente, su asiento propio.

Quizás, porque una abogacía independiente es la única profesión jurídica, que junto a la judicatura, tiene una posición de contrapoder frente al resto de poderes del Estado.

Sin embargo, y por razones inexplicables, la abogacía independiente se ha convertido en algo incómodo en el mundo del Poder Judicial, quedando relegada, como la hija no querida.

Un problema que comienza en sala, donde la judicatura, ha caído en el vicio de callarla con demasiada frecuencia.

Un problema que desde el foro se extiende al resto del sistema judicial, quedando la abogacía excluida de la toma de decisiones en lo que respecta a nuestro ámbito de actuación.

Así, cuando en estos momento de crisis, estamos tratando de afrontar la posible reanudación de la actividad judicial, que ya estaba en crisis profunda antes del coronavirus, el CGPJ se reúne con el Ministerio de Justicia, y para lo único que parecen contar con la abogacía, esta hija no querida, es para pedirles que siga sufriendo en silencio.

Leon F. Del Canto

León Fernando del Canto (Zamora, 1967) es un pensador internacionalista que ejerce como barrister (abogado) en Londres.